La tutela es una función social que asegura la protección personal y patrimonial de las personas que, por su deterioro cognitivo, enfermedad, o situación de riesgo, han perdido su capacidad de actuar de manera autónoma.
En Hurkoa asesoramos a las familias que buscan información y orientación, al tiempo que garantizamos el mayor nivel de protección y bienestar para las personas que tutelamos.
Descargar folleto de Actividad tutelar- Valoración integral.
- Seguimiento del procedimiento de modificación de la capacidad en aquellas personas que lo precisen.
- Asesoramiento a familias en la tramitación de un procedimiento de modificación de la capacidad y en el ejercicio de los cargos tutelares de sus familiares.
- Información y orientación a profesionales.
- Ejercicio de cargos tutelares de personas con la capacidad legalmente modificada sin vínculos familiares o institucionales que puedan ocuparse de ello.
- Guarda y protección de la persona tutelada y administración de sus bienes, según el alcance de la sentencia que modifica su capacidad.
- Representación de la persona tutelada dentro de los límites de la sentencia.
- Asistencia en las decisiones de la persona bajo curatela.
- Gestión de cuantos servicios sociales y sanitarios, públicos y/o privados precise para garantizar una buena calidad de vida.
- Apoyo familiar y seguimiento personalizado.
Causas para proceder a una modificación de la capacidad: Cualquier enfermedad o deficiencia física o psíquica persistente que impida a la persona gobernarse por sí misma.
La capacidad sólo se puede modificar mediante sentencia judicial -tras el correspondiente procedimiento- en la que se exprese la extensión y límites de tal modificación, el régimen de protección (tutela, curatela…) y, en su caso, la persona que ha de ejercer dicha guarda.
Tutela
Medida de guarda y protección de la persona y sus bienes, o solamente de la persona o de los bienes, que implica la representación legal por quien ostenta la tutela de la persona con la capacidad legalmente modificada dentro del alcance que indique la sentencia.
Curatela
Medida de guarda y protección de la persona y sus bienes, o solamente de la persona o de los bienes de menor intensidad que la tutela. Nunca implica representación, sino que exige la asistencia, el complemento en el consentimiento de la persona con la capacidad legalmente modificada por parte de quien ostente la curatela en aquellos actos que expresamente indique la sentencia.
Los casos en los que Hurkoa se encarga de ejercer la tutela, responden, muchos de ellos, a un perfil de persona mayor, sola, que está en una residencia, donde tiene sus necesidades básicas cubiertas, pero necesita de alguien que se ocupe de gestionar su patrimonio, si lo tiene, o de atender otro tipo de necesidades. También hay situaciones de personas ingresadas en residencia que no están solas, pero cuyos familiares mantienen discrepancias en cuanto a sus cuidados o la gestión de sus bienes. En los casos de enfermedad mental que son derivados a Hurkoa, existe una mayor diversidad de situaciones.
En lo relativo al servicio de familias, la mayoría de las consultas están relacionadas con personas mayores, normalmente en situación de deterioro congnitivo, que tienen que realizar algún tipo de gestión que conlleva la necesidad de ejercer una representación legal. Son también habituales los casos en los que hay discrepancias familiares sobre cómo atender a la persona o cómo llevar a cabo gestiones relacionadas con la persona incapaz, con su cuidado, con la gestión de sus bienes, etc. y, al no estar todos de acuerdo, la solución es nombrar un tutor que tenga la capacidad legal de decidir.
Otra tipología de situaciones es la de padres con una trayectoria larga de lucha con la enfermedad mental de un hijo y que, en un determinado momento, buscan en la tutela una solución para ayudar a paliar un poco las dificultades de la situación.